DERECHOS COMO TRABAJADOR ADOLESCENTE
Así como existen los derechos
humanos, también hay derechos que tienes siendo trabajador menor de edad (15,16 y 17 años), requisitos que te pide la LFT, labores peligrosas que están prohibidas, entre otras cosas…
Si tienes entre 15 y 17 años y trabajas o estás buscando un empleo, ES IMPORTANTE que conozcas tus derechos y las condiciones generales de trabajo que establece la ley, te mencionaremos algunos de ellos:
Si tienes entre 15 y 16 años no podrás exceder de 6 horas diarias de tu jornada de trabajo, que deberá dividirse en periodos máximos de 3 horas.
Cobrar tu salario y decidir en que utilizarlo.
El pago por las actividades realizadas será igual al de otro trabajador que haga el mismo servicio.
Descanso el domingo y días festivos (si trabajas en estos días se te pagara conforme la ley).
Vacaciones anuales pagadas de 18 días laborales, por lo menos.
Ser sindicalizados.
Tienes derecho a trabajar siempre y cuando NO afecte tus estudios.
Es importante saber que está
prohibido el trabajo en menores de dieciocho años en labores peligrosas o
insalubres que puedan afectar su vida, desarrollo, educación, salud física o
mental y esparcimiento.
Los requisitos que te pide la Ley Federal del Trabajo
para que puedas trabajar siendo menor de edad son los siguientes:
Tener 15 años cumplidos.
Autorización de tus padres o tutores, a falta de ellos, del sindicato al que pertenezcas, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del inspector del trabajo o de la autoridad.
Tener primaria o secundaria terminada o que el trabajo no afecte en los horarios de tu escuela.
Certificado médico que acredite tu capacidad para el trabajo, así como someterse a exámenes médicos que ordenen las autoridades laborales.
Las condiciones de trabajo deberán constar por escrito y con el consentimiento de tus padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, así como el compromiso de respetar tus derechos.
Derechos como madre
trabajadora
Podrás tener un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, o transferir hasta cuatro semanas de las previas, después del parto.
Si tu bebe nació con algún tipo de discapacidad o requiere atención medica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto.